Se publicó en el Boletín Oficial la Res. Gral. CNV Nro. 807 a través de la cual se establecen los requerimientos que deberán cumplir los Agentes que intervienen en la operatoria de Fondos Comunes de Inversión (“FCI”) al momento de producirse los futuros vencimientos de ciertos títulos en certera. Para mayor información, se adjunta el
